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Nuevas pruebas para obtención y renovación de la habilitación del personal de control de acceso a es

En el DOG nº 85, de 3 de mayo de 2018 se publican las resoluciones que convocan nuevas pruebas tanto para la obtención como para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas:

El personal de control de acceso ejerce las funciones recogidas en el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas; sin que en ningún caso pueda asumir o ejercer las funciones del servicio de seguridad.

Requisitos de los aspirantes

Los requisitos para obtener la habilitación y poder desempeñar las funciones de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas son:

  • Ser mayor de edad.

  • Tener la nacionalidad española o de algún país integrado en la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.

  • Carecer de antecedentes penales.

  • Tener conocimientos básicos de las lenguas oficiales de Galicia para poder atender al público en cualquiera de ellas.

  • Tener superadas las pruebas específicas que convoque la Academia Gallega de Seguridad Pública (AGASP), consistentes en la realización de un test psicológico y un test de conocimiento sobre las materias relacionadas con las funciones propias de su actividad.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, es decir, finalizará el próximo 23 de mayo.

El personal de control de acceso necesita obtener una habilitación regulada por la Comunidad Autónoma correspondiente

Contenido de las pruebas

Las pruebas para la obtención de la habilitación vienen detalladas en la Orden de 21 de abril de 2010 por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas. Para obtener el certificado acreditativo, será necesario superar las siguientes pruebas que se realizarán en la sede de la AGASP (Avenida da Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra) en fecha todavía por determinar:

  • Prueba de conocimientos. La primera de las pruebas consistirá en contestar a un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test, más cinco de reserva, que versarán sobre las materias relacionadas con las funciones propias de su actividad. Para cada cuestión, se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada respuesta errónea se penalizará descontando un tercio del valor asignado a una contestación correcta. En la misma prueba, se realizará un ejercicio de traducción de un texto del gallego al castellano, como cumplimiento del requisito de conocimientos básicos de los idiomas oficiales en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá carácter voluntario para todos/as aquellos/as aspirantes, que con la solicitud ya entregasen la documentación precisa para comprobar dichos conocimientos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

  • Prueba psicológica. Finalizada la prueba de conocimientos, y en la misma sesión, se celebrará la segunda prueba, consistente en la realización de un test psicológico. El tiempo para la realización de esta prueba será el estrictamente necesario para su desarrollo.

Tasas

La tasa por participación en las pruebas para obtener la certificación acreditativa de la habilitación (tanto en el caso de obtención como de renovación de la misma) será de 50,90 euros, que serán ingresados mediante el modelo general de autoliquidación de tasas, hallándose exentos del pago de esta tasa los aspirantes que figuren inscritos como desempleados en el Instituto Nacional de Empleo, y los aspirantes que tengan una discapacidad igual o superior al 33%.

Los aspirantes que superen las pruebas deberán presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Emergencias e Interior (procedimiento PR472A en el caso de obtención por vez primera y procedimiento PR473B en caso de renovación) para que le sea expedida la habilitación junto con el distintivo que los identifique y acredite como personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, pagando a tal efecto una nueva tasa de 5,98 euros. Estas solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la relación definitiva de los aspirantes que superaron las pruebas.

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